A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Edwin Enrique Ricardo Padilla·Respondent Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Alcalá (Valle del Cauca) y el Juzgado 3Administrativo del Circuito de Cartago (Valle del Cauca).
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho determinó que no era competente para conocer la acción de tutela de la referencia con base en el Decreto 1069 de 2015 (modificado por el Decreto 333 de 2021).
Así mismo, determinó que los jueces del circuito de Cartago eran los competentes para conocer las acciones de tutela en contra de Colpensiones, por ser una entidad de orden nacional adscrita al Ministerio de Protección Social.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Alcalá para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y adopte la decisión que corresponda.
Se hizo una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 27 de marzo de 2025 proferido por el Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Alcalá, Valle del Cauca, dentro de la acción de tutela promovida por Edwin Enrique Ricardo Padilla en contra de Colpensiones.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4966 al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Alcalá, (Valle del Cauca) para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y adopte la decisión que corresponda.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Alcalá (Valle del Cauca), que en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. Por la Secretaría General de esta Corte COMUNICAR la presente decisión al accionante y al Juzgado 003 Administrativo del Circuito de Cartago, (Valle del Cauca).
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.