A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimir Fernández Andrade
✓Claimant Liliana Tobon Ao De Luis Antonio Tobon Jaramillo·Respondent Nueva Eps
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 4 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín y el Juzgado 28 Civil Municipal de Oralidad de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente en la medida en que el primer despacho resolvió rechazar la acción de tutela y remitir el expediente a la Oficina de Reparto de los Juzgados Civiles Municipales de oralidad, argumentando que, al ser la accionada una entidad de economía mixta, el conocimiento correspondía a los jueces de categoría municipal, conforme al artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, la jurisprudencia de la Sala Civil del Tribunal Superior de Medellín y de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 4 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
Se hizo una advertencia a las autoridades involucradas para que, en lo sucesivo, se abstengan de rechazar acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015.
Al juzgado de categoría municipal se le advirtió que, en lo sucesivo, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, proceda a remitirlo a la autoridad judicial correspondiente, atendiendo las directrices de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 19 de marzo de 2025, dictado por el Juzgado 004 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín, en el marco de la acción de tutela promovida por Liliana Tobón García en calidad de agente oficiosa de su progenitor en contra de la Nueva EPS.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4955 al Juzgado 004 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 004 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín y al Juzgado 028 Civil Municipal de Oralidad de Medellín que, en lo sucesivo, se abstengan de rechazar acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015.
- CUARTO. ADVERTIR al Juzgado 028 Civil Municipal de Oralidad de Medellín que, en lo sucesivo, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, proceda a remitirlo a la autoridad judicial correspondiente, atendiendo las directrices de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia.
- QUINTO. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y al Juzgado 028 Civil Municipal de Oralidad de Medellín la decisión adoptada mediante esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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