A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Claudia·Respondent Antonio
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto aparente de jurisdicciones entre el Cabildo Indígena Resguardo de Río Blanco, Sotara, Cauca y la Comisaría de Familia de Salgar, Antioquia.
La causa que origina la controversia consiste en demanda por alimentos contra un miembro de comunidad indígena.
Al verificar si se da cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones y dirimirlo, en virtud de la competencia que otorga el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, modificado por el artículo 14 del Acto Legislativo 02 de 2015, la Sala Plena advierte que de un lado de la controversia se encuentra una autoridad jurisdiccional, el Cabildo Indígena Resguardo de Río Blanco, Sotara, Cauca y del otro lado se encuentra una autoridad en el ejercicio de funciones administrativas, esto es la Comisaría de Familia de Salgar, Antioquia y, si bien las Comisarías de Familia tienen funciones jurisdiccionales, en virtud del artículo 116 de la Constitución Política, la citación a una audiencia extrajudicial para la fijación de alimentos, en los términos del artículo 12 de la Ley 2200 de 2022, constituye una función administrativa que, por delegación legal, ejercen estas entidades.
En una conciliación extrajudicial entre particulares: (i) son las partes, y no el juez, quienes en últimas deciden cómo resolver el conflicto; por tanto, el conciliador no desempeña una actividad judicial sino que funge como un tercero neutral”; y (ii) “la solución no corresponde a la aplicación de normas jurídicas en casos concretos conforme al artículo 230 de la Constitución Política, sino que está abierta a la libre disposición de las partes”.
Por ende, “la labor del conciliador no es la de decidir con autoridad la manera como se debe resolver el conflicto, sino proponer soluciones que resulten aceptables para las partes, y son ellas quienes deciden en últimas si adoptan o no las sugerencias que les hace el conciliador”.
En tal evento, la Sala Plena considera que la Corporación carece de competencia para dirimir el asunto, se declara inhibida y resuelve remitir el expediente a la Comisaría de Familia de Salgar, Antioquia, para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el aparente conflicto de jurisdicciones entre el Cabildo Indígena Resguardo de Río Blanco, Sotara, Cauca y la Comisaría de Familia de Salgar, Antioquia, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5188 a la Comisaría de Familia de Salgar, Antioquia, para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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