A- de 2019
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Gloria Josefina Rojas Guarata·Respondent Nueva E.P.S.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Octavo Administrativo Oral de Villavicencio (Meta) y el Juzgado Segundo Penal Municipal con Función de Control de Garantías para Adolescentes de la misma ciudad.
En este caso se configuró un conflicto aparente de competencia luego que el Jugado Administrativo decidiera tomar las reglas de reparto contenidas en el artículo 1º del Decreto 1983 de 2017 para abstenerse de asumir el conocimiento del asunto y emitir un pronunciamiento de fondo.
Considera la Corte que los dos despachos aplicaron una regla de reparto que no desplazaba la competencia, pero sí afectaba la celeridad y eficacia en la administración de justicia, así como la protección de los derechos fundamentales del accionante.
Concluye la Sala que la autoridad competente para tramitar la acción de tutela es aquella a quien se repartió en primer término la solicitud, esto es, Juzgado Octavo Administrativo Oral de Villavicencio.
Se ordena remitir el expediente al precitado despacho, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo que corresponda.
Se le advierte a los dos operadores jurídicos que en lo sucesivo deben observar con estricto rigor la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto y abstenerse de promover conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que deben adoptar como jueces constitucionales.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 10 de mayo de 2019 por el Juzgado
- Octavo. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio, dentro del proceso de tutela promovido por Gloria Josefina Rojas Guarata contra la Nueva EPS.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3737 al Juzgado
- Octavo. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR a los Juzgados
- Octavo. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio y
- Segundo. Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias para Adolescentes de esa ciudad que, en lo sucesivo, deben observar con estricto rigor la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto y abstenerse de promover conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que deben adoptar como jueces constitucionales.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la accionante y al Juzgado
- Segundo. Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias para Adolescentes de Villavicencio la decision adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.