A- de 2018
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Pedro Elias Romero Taborda
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se rechaza por improcedente y se remite a quien conoció de la acción de tutela en primera instancia
- Competencia excepcional para conocer solicitud de cumplimiento
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Solicitud de cumplimiento de la Sentencia T-530/16.
El peticionario, como tercero vinculado dentro del trámite de la providencia de la referencia, informó a la Sala que desde hace por lo menos 30 años se desempeña como minero artesanal en el territorio donde se ubica el Resguardo Cañamomo y Lomaprieta.
Indicó además, que luego del reconocimiento del territorio realizado por la Corte Constitucional en favor de estas comunidades étnicas, siente zozobra por la eventual suspensión de sus actividades.
Con base en lo anterior solicitó a la Corporación, adoptar las medidas necesarias para hacer cumplir el fallo, específicamente en relación a lo dispuesto en los numerales décimo segundo y décimo quinto de su parte resolutiva.
Lo anterior, con el objeto de evitar la clausura de su actividad minera hasta tanto no finalice el proceso de legalización de la misma.
Teniendo en cuenta que de la petición formulada no se desprende evidencia alguna relativa a que el incumplimiento alegado haya sido puesto de presente ante el juez de primera instancia, la Corte decide RECHAZARLA por improcedente.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. RECHAZAR por improcedente, y de conformidad con lo dispuesto en la parte motiva de esta providencia, la solicitud de cumplimiento de la sentencia T-530 de 2016, elevada el 8 de mayo de 2018 por parte del senor Pedro Elias Romero Taborda ante la Corte Constitucional.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaria General de esta Corporacion, REMITIR a la Sala de Decision Penal del Tribunal Superior de Manizales la solicitud elevada por el senor Pedro Elias Romero Taborda, relacionada con el cumplimiento de la sentencia T-530 de 2016; insistiendo acerca de su deber de verificar el estricto cumplimiento de lo ordenado por la Corte Constitucional en la mencionada providencia, asi como en las obligaciones constitucionales y legales que integran dicha labor judicial de seguimiento y verificacion, de acuerdo con lo establecido en la parte considerativa del presente Auto.
- Tercero. A traves de la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR la presente decision al senor Pedro Elias Romero Taborda, quien suscribio la solicitud de cumplimiento de la referencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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