A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Prada Tapia Hernando·Respondent Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre sistema de seguridad social propuestas por quienes fueron empleados públicos cuyo régimen no es administrado por persona de derecho público
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Catorce Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una demanda ordinaria laboral interpuesta por un ciudadano contra la Administradora de Fondo de Pensiones y Cesantías Protección S.A., por omisiones y actuaciones que generaron una afectación en su mesada pensional.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte resolvió que, de acuerdo con el artículo 2.4 de la Ley 712 de 2001 y el artículo 104.4 de la Ley 1437 de 2011, la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral es la competente para conocer las controversias relacionadas con el sistema de seguridad social en pensiones, que se propongan por quienes fueron empleados públicos, cuando su régimen no es administrado por una persona de derecho público.
EN consecuencia, ordenó remitir el expediente al Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la decisión a los interesados en este trámite.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por Hernando Prada Tapia contra la Administradora de Fondo de Pensiones y Cesantías Protección S.A.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-2310 al Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los interesados en este trámite.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.