JurídicoESEN
Order (Auto)April 10, 2023

A- de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Proteccion De Comunidad Indigena
  • Verificación y evaluación de niveles de cumplimiento de las órdenes impartidas en favor de la comunidad Wayuú el marco de la Sentencia T-302 de 2017
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Con el presente auto la Sala Especial acoge la metodología de seguimiento al cumplimiento de la Sentencia T-302/17 y de sus autos posteriores, sin perjuicio de que la misma sea ajustada o modificada de acuerdo con las necesidades que se vayan presentando en el marco de las respectivas valoraciones.

Así mismo, imparte una serie de órdenes a varias entidades públicas para que, en el marco de sus competencias, formulen una batería e Indicadores de Goce Efectivo de Derechos (IGED).

Se ordena además a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la Nación que acompañen de manera activa la formulación de la precitada batería.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (13 points)
  1. Primero. ACOGER la metodología de seguimiento al cumplimiento de lo ordenado en la Sentencia T-302 de 2017 y de los autos posteriores, en los términos expuestos en la sección "C" de la presente providencia. Lo anterior, sin perjuicio de que la misma sea ajustada o modificada de acuerdo con las necesidades que se vayan presentando en el marco de las respectivas valoraciones.
  2. Segundo. ORDENAR a la Presidencia de la República, al Ministerio de Salud y Protección Social, al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, al Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a la Superintendencia Nacional de Salud, a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, al Departamento de La Guajira y a los municipios de Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao, como entidades responsables del cumplimiento de los objetivos mínimos constitucionales que estableció la sentencia T-302 de 2017 (acceso, disponibilidad, calidad y aceptabilidad, respectivamente), que en el marco de sus competencias, formulen una batería de Indicadores de Goce Efectivo de Derechos (IGED), atendiendo a los considerandos 63 a 74 de la presente providencia y la remitan a esta corporación dentro de un término de cinco (5) meses contados a partir de la notificación de esta providencia. El cumplimiento de esta orden debe darse, al menos, con la debida participación de los órganos de control y los acompañantes permanentes al seguimiento del cumplimiento. En consecuencia, para demostrar su debido cumplimiento se debe anexar un documento que dé cuenta de la manera cómo los organismos de control y los acompañantes permanentes apoyaron su proceso de elaboración.
  3. Tercero. ORDENAR a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la Nación que acompañen de manera activa la formulación de la batería de Indicadores de Goce Efectivo de Derechos.
  4. Cuarto. ORDENAR a las entidades responsables del cumplimiento de las órdenes proferidas en la sentencia T-302 de 2017 que, en lo sucesivo, remitan los informes con base en los parámetros establecidos en el considerando 86.
  5. Quinto. Proceda la Secretaría General de esta corporación a librar las comunicaciones correspondientes, adjuntando copia de este proveído.
  6. Notifíquese y cúmplase
  7. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  8. Magistrado
  9. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  10. Magistrado
  11. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  12. Magistrada
  13. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.