A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant De Oficio Procesado Pai Canticus Jose Edmundo·Respondent Pai Canticus Jose Edmundo
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Elementos estructurales
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto positivo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Mocoa y las autoridades tradicionales del Cabildo Indígena Chanul “en coordinación” con las del Resguardo Indígena Playa Larga del pueblo Awá de Putumayo.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer un proceso penal adelantado en contra de un ciudadano indígena, por la presunta comisión de los delitos de concierto para delinquir con fines de extorsión y homicidio en concurso con homicidio agravado.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones y de reiterar jurisprudencia sobre la jurisdicción especial indígena y los presupuestos para el reconocimiento del fuero, la Corte declaró que la Jurisdicción Ordinaria en su Especialidad Penal, es la competente para conocer el proceso penal mencionado.
Lo anterior porque solo se acredita el elemento personal del fuero, toda vez que las conductas punibles investigadas no se ejecutaron exclusivamente en el espacio físico ni en el área de influencia de las comunidades indígenas que, “en coordinación” reclaman la competencia.
Además, son de interés tanto para la sociedad mayoritaria como para las comunidades indígenas, pero especialmente nocivas para el Estado.
Luego, las autoridades ancestrales no demostraron contar con el andamiaje institucional requerido para la investigación y el juzgamiento de los hechos objeto del proceso, en el contexto de fenómenos de macrocriminalidad.
En consecuencia, la Sala Plena de la Corte Constitucional remite el expediente al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Mocoa para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la autoridad indígena y a los sujetos procesales interesados en el trámite.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Mocoa y la jurisdicción especial indígena, en cabeza de la autoridad tradicional del Cabildo Chanul de Orito "en coordinación" con la autoridad tradicional del Resguardo Playa Larga de Villagarzón, ambas pertenecientes al pueblo indígena Awá de Putumayo, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Mocoa es la autoridad competente para conocer del proceso penal adelantado contra José Edmundo Pai Canticus, por la presunta comisión de los delitos de concierto para delinquir con fines de extorsión y homicidio, en concurso con homicidio agravado.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3037 al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Mocoa para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a las autoridades indígenas involucradas en el presente asunto.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.