A- de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Luz Dary Segura Ramirez·Respondent Policia Nacional Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reiteración de Jurisprudencia
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia entre la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá y el Juzgado Cuarenta y Cuatro Civil Municipal de la misma ciudad, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
La Sala Plena de la Corporación concluye que en el presente caso no se presenta un conflicto de competencia sino un error en la interpretación de las reglas de reparto relativo a las acciones de tutela, ocasionada por la lectura particular del Tribunal de Bogotá sobre las personas que debían comprenderse como demandadas.
Se recuerda que, frente a la aplicación del Decreto 1382 de 2000, se ha establecido que el mismo consagra reglas de reparto más no de fijación de competencias.
Se decide la controversia con la remisión del expediente al precitado Tribunal para que de forma inmediata tramite en primera instancia la solicitud de amparo incoada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del
- primero. (1º) de septiembre de dos mil quince (2015) proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, mediante el cual se declaró incompetente para conocer la acción de tutela presentada por Luz Dary Segura contra la Alcaldía Mayor de Bogotá, la Policía Nacional de Colombia, el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), la Secretaría Distrital de Gobierno, la Curaduría Urbana de Bogotá y la Defensoría del Pueblo.
- Segundo. REMITIR el expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, para que de forma inmediata tramite en primera instancia la acción de tutela mencionada en el numeral anterior.
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes y al Juzgado Cuarenta y Cuatro Civil Municipal de Bogotá la decisión adoptada en esta providencia.
- Comuníquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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