A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Enesima Sas·Respondent Fondo De Garantias De Entidades Cooperativas Fogacoop
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias contractuales y extracontractuales con entidades públicas del sector financiero, siempre que la actividad corresponda al giro ordinario de sus negocios
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Consejo de Estado - Sala de lo Contencioso Administrativo –Sección Tercera – Subsección A y el Juzgado Trece Civil del Circuito de Oralidad de Bogotá.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer un proceso declarativo de responsabilidad civil contractual, instaurado por Enésima S.A.S. contra el Fogacoop, entidad de carácter financiero vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, por el presunto incumplimiento de un contrato.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones y tras citar los Autos 836 y 867 de 2021, la Corte estableció como regla de decisión que, la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad civil es la competente para conocer las demandas que se promuevan en contra de entidades públicas que tengan el carácter de institución financiera y la discrepancia surja como consecuencia del giro ordinario de los negocios de aquella.
Ello de conformidad con el artículo 105 de la Ley 1437 de 2011, el artículo 15 de la Ley 1564 de 2012 y el inciso 2º del artículo 12 de la Ley 270 de 1996.
En consecuencia, la Sala Plena dirimió el conflicto interjurisdiccional en el sentido de disponer que el conocimiento de la demanda formulada por Énesima S.A.S contra Fogacoop es de competencia de la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad civil, representada en este caso por el Juzgado Trece Civil del Circuito de Bogotá, a donde remitió el expediente para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto suscitado entre el Consejo de Estado - Sala de lo Contencioso Administrativo -Sección Tercera- Subsección A y el Juzgado Trece Civil del Circuito de Oralidad de Bogotá y DECLARAR que el Juzgado Trece Civil del Circuito de Oralidad de Bogotá es la autoridad competente para conocer el proceso declarativo de responsabilidad civil contractual interpuesto por Enésima S.A.S. contra el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas -Fogacoop-.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2000 al Juzgado Trece Civil del Circuito de Oralidad de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y Consejo de Estado - Sala de lo Contencioso Administrativo -Sección Tercera- Subsección A.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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