A- de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Edys Ramirez Sanguino·Respondent Uariv
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reiteración de Jurisprudencia
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia entre la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y la Sala Civil Especializada de Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cúcuta, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Luego de asumir el conocimiento del asunto, el precitado Consejo Seccional dispuso la devolución del expediente a la Oficina Judicial de Cúcuta para que realizara nuevo reparto.
Esta decisión la adoptó en razón a la supuesta pérdida de competencia para conocer de la tutela por la vigencia del Acto Legislativo 02 de 2015.
La Corte Constitucional concluye que el Consejo Seccional de Norte de Santander es competente para conocer y resolver la acción de tutela, toda vez que es un proceso que está a su cargo y aún no se han dado las condiciones dispuestas en el parágrafo transitorio del artículo 19 del mencionado acto legislativo para que no continúe ejerciendo esa facultad.
Se decide el asunto ordenando la remisión del expediente a dicho Consejo Seccional para que de forma inmediata tramite en primera instancia la solicitud de amparo presentada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Acta de Sala Extraordinaria Ndeg 67 proferida por la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca, mediante la cual se declararon incompetentes para conocer del proceso de tutela iniciado por Edys Maria Ramirez Sanguino contra la Unidad para la Atencion y Reparacion Integral de Victimas (UARIV).
- Segundo. REMITIR el expediente a la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander, para que de forma inmediata tramite en primera instancia la accion de tutela mencionada en el numeral anterior.
- Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR a las partes y a Sala Civil Especializada de Restitucion de Tierras del Tribunal Superior de Cucuta la decision adoptada en esta providencia.
- Comuniquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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