A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Arnoldo Rafael Arciniegas Coronado·Respondent Secretaria De Transito Y Transporte De Barrancabermeja, Santander
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo Penal Municipal de Barrancabermeja y el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Fonseca (La Guajira).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se originó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
Teniendo en cuenta que ambos juzgados son competentes para tramitar la solicitud de amparo, la Corte dio prevalencia a la elección que el accionante hizo “a prevención” y dispuso enviar el expediente al Juzgado Segundo Penal Municipal de Barrancabermeja para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y profiera decisión de fondo que corresponda.
Al otro operador jurídico involucrado, quien fue el que remitió el expediente a la Corte Constitucional, se le advirtió que, cuando se esté frente a un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, para lo cual deberá observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 01 de marzo de 2023 proferido por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Barrancabermeja, dentro del expediente ICC-4374.
- Segundo. REMITIR al Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Barrancabermeja el expediente ICC-4374 para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y profiera decisión de fondo respecto de la tutela presentada por el señor Arnoldo Rafael Arciniegas Coronado contra la Secretaría de Tránsito y Transporte de Barrancabermeja, conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución Política y del Decreto 2591 de 1991.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Fonseca -autoridad que remitió el expediente de la referencia a la Corte Constitucional- que, cuando se esté frente a un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996. Para tales propósitos, deberá observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018
- Cuarto. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Fonseca.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.