A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Karena Elisama Caselles Hernández
✓Claimant Herrera Gerardo·Respondent Notario De Valdivia Antioquia Doctor Gomez Serna Luis Alfredo
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es una entidad pública o un particular que desempeñe funciones administrativas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado Civil-Laboral del Circuito de Yarumal y el Juzgado Quinto Administrativo Oral de Medellín.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una acción popular que interpuso un ciudadano en contra del Notario del municipio de Valdivia con el propósito de que, en el inmueble en donde funciona dicha notaría, se realicen las adecuaciones dispuestas en la Ley 982 de 2005 para garantizar la accesibilidad de personas sordas y sordociegas.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte dispuso que las acciones populares que se presenten en contra de notarías para obtener las adecuaciones y ajustes razonables que permitan el acceso efectivo al servicio público de las personas en situación de discapacidad serán competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
Lo anterior, por cuanto dicha pretensión está inescindiblemente relacionada con el acceso a la función administrativa que cumplen estos particulares (en los términos del artículo 15 de la Ley 472 de 1998).
Esto es, el desempeño de las atribuciones encomendadas a los notarios en su condición de fedatarios públicos previstas en el artículo 3° del Decreto-Ley 960 de 1970.
Con base en lo anterior la Sala Plena concluye que la autoridad judicial competente para conocer la acción popular presentada por el ciudadano en contra del notario del municipio de Valdivia es el Juzgado Quinto Administrativo Oral de Medellín y, por lo tanto, ordenó remitirle el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Civil-Laboral del Circuito de Yarumal y el Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral de Medellín, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral de Medellín continuar con el proceso de acción popular promovido por Gerardo Herrera contra la Notaría de Valdivia.
- SEGUNDO. Por medio de Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-1429 al Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral de Medellín, para lo de su competencia, y para que proceda a COMUNICAR la presente decisión al ciudadano Gerardo Herrera, a la Notaría de Valdivia en cabeza del notario Luis Alfredo Gómez Serna y al Juzgado Civil-Laboral del Circuito de Yarumal.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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