A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Saludcoop Eps·Respondent Ministerio De La Proteccion Social Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre recobros de prestaciones no incluidas en el plan de beneficios de salud-PBS
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado 38 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 32 Administrativo del Circuito de Bogotá.
La controversia se ocasiona por reparación directa presentada por SaludCoop S.A. en liquidación, en contra de La Nación – Ministerio de Salud y Seguridad Social y del Consorcio Fidufosyga 2005, con la que pretenden que se declare que las entidades demandadas han dejado de pagar a la EPS accionante las sumas reconocidas por concepto de recobros generados al FOSYGA por medicamentos y procedimientos médicos no incluidos en el PBS que fueron prestados efectivamente a los usuarios, con fundamento en sentencias de tutela o en actas del Comité Técnico Científico.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, en aplicación de la regla de decisión del Auto 389 de 2021, en revisión de las reglas de transición del Auto 1942 de 2023 resuelve que, el conocimiento de los asuntos relacionados con los recobros por servicios y tecnologías en salud no incluidos en el POS, hoy PBS, corresponde a los jueces de lo contencioso administrativo, en virtud de lo dispuesto por el inciso primero del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011.
En concreto, porque se cuestionan por parte de EPS actuaciones administrativas del FOSYGA, hoy ADRES.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 32 Administrativo de Bogotá, Sección Tercera, para que continúe con el trámite del proceso, y para que comunique la presente decisión al Juzgado 28 Laboral del Circuito de Bogotá y a los demás interesados dentro del trámite.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones en el sentido de declarar que el Juzgado 32 Administrativo del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por SaludCoop S.A. en liquidación, en contra de la Nación-Ministerio de Salud y de la Protección Social- y del Consorcio Fidufosyga 2005.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-4423 al Juzgado 32 Administrativo de Bogotá, Sección Tercera, para que continúe con el trámite del proceso, conforme con las reglas de transición desarrolladas en el Auto 1942 de 2023, y para que comunique la presente decisión al Juzgado 28 Laboral del Circuito de Bogotá y a los demás interesados dentro del trámite.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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