A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Doris Hipólita Gonzales Vargas.·Respondent Fiscalía General De La Nación
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 3 Promiscuo Municipal de Tame (Arauca) y el Juzgado 3 Administrativo de Arauca.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho se apartó del conocimiento de la acción de tutela con base en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021, mientras que la segunda autoridad resolvió no asumir el caso y remitirlo a la Corte Constitucional, tras considerar que el argumento de su homólogo no solo era insuficiente, sino que no estaba soportado en alguno de los factores de asignación de competencia en materia de tutela.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 3 Promiscuo Municipal de Tame para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
Se le hizo una advertencia al precitado despacho para que, en lo sucesivo, se abstenga de apartarse del conocimiento de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021, que modificó el Decreto 1069 de 2015, por cuanto tal actuación contraría la jurisprudencia reiterada de la Corte Constitucional, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 21 de febrero de 2025, proferido por el Juzgado 003 Promiscuo Municipal de Tame, Arauca, dentro del trámite de la acción de tutela de la referencia.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4933 al Juzgado 003 Promiscuo Municipal de Tame, Arauca, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 003 Promiscuo Municipal de Tame, Arauca, que, en lo sucesivo, se abstenga de apartarse del conocimiento de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021, que modificó el Decreto 1069 de 2015, por cuanto tal actuación contraría la jurisprudencia reiterada de la Corte Constitucional, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la presente decisión a las partes, al Juzgado 003 Promiscuo Municipal de Tame, Arauca, y al Juzgado 003 Administrativo de Arauca, de ese mismo departamento.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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