JurídicoESEN
Order (Auto)March 24, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

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Topic · hard data
Demanda Contra Actos Del Liquidador De Una Entidad Del Orden Nacional De La Rama Ejecutiva Relativos A La Aceptación, Rechazo, Prelación O Calificación De Créditos.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre la Subsección B de la Sección 1° del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 32 Laboral del Circuito de Bogotá D.C.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso el Hospital Federico Lleras Acosta en contra de la Fiduciaria La Previsora S.A., en calidad de liquidadora de Caprecom, pretendiendo la declaratoria de nulidad de dos resoluciones y el pago de una obligación a su favor, derivada de facturas emitidas en el marco de contratos de capitación.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, La Corte concluyó que, en virtud del artículo 7 del Decreto 254 de 2000, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer de una demanda contra actos del liquidador de una entidad del orden nacional de la rama ejecutiva, relativos a la aceptación, rechazo, prelación o calificación de créditos, así como contra sus actos que, por su naturaleza, constituyan ejercicio de funciones administrativas.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente a la Subsección B de la Sección 1° del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Subsección B de la Sección 1° del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 32 Laboral del Circuito de Bogotá y DECLARAR que la Subsección B de la Sección 1° del Tribunal Administrativo de Cundinamarca es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por el Hospital Federico Lleras Acosta contra la Fiduciaria La Previsora S.A. en su calidad de liquidadora de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones EICE, en liquidación.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1092 a la Subsección B de la Sección 1° del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 32 Laboral del Circuito de Bogotá.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.