JurídicoESEN
Order (Auto)February 21, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Juan Carlos Ortega Bautista Y Otros·Respondent Comision Seccional De Disciplinaria Judicial De Bogota

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
Principio Perpetuatio Jurisdictionis
  • Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena.

Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que la primera Corporación consideró que no era competente para conocer la acción de tutela de la referencia, de conformidad con el Decreto 333 de 2021.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y adopte la decisión que corresponda.

Se advirtió a este operador jurídico que en lo sucesivo se debe abstener de: (i) promover conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional; (ii) decretar la nulidad de todo lo actuado con base en reglas de reparto; y (iii) analizar la conformación del contradictorio para desprenderse de la competencia con fundamento en pautas administrativas de reparto.

Al otro despacho involucrado se le advirtió que, en caso de considerar que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 4 de diciembre de 2023 proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá dentro de la acción de tutela promovida por Juan Carlos Ortega y Armando Jiménez Cuello contra la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4583 a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y adopte la decisión que corresponda.
  3. Tercero. ADVERTIR a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá que, en lo sucesivo, se abstenga de: (i) promover conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional; (ii) decretar la nulidad de todo lo actuado con base en reglas de reparto; y (iii) analizar la conformación del contradictorio para desprenderse de la competencia con fundamento en pautas administrativas de reparto.
  4. Cuarto. ADVERTIR a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena que en caso de considerar que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporación.
  5. Quinto. Por la Secretaría General de esta Corte, COMUNICAR la presente decisión a los accionantes y a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.