A- de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Sin Información·Respondent Sin Información
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Solicitar a Fidufosyga, Ministerio de la Protección Social, EPSs y Caja de Compensación Familiar informe sobre trámite dado a recobros en respuesta al auto A107/10
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente auto se requiere a una serie de entidades para que precisen la glosa que fue aplicada a cada uno de los recobros que relacionaron como pendientes de pago, en la respuesta al Auto 107 de 2010.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. SOLICITAR al Consorcio Fidufosyga 2005 y al Ministerio de la Protección Social que, en el término de quince (15) días, informen a esta Sala, adjuntando la documentación que sustente sus afirmaciones, el trámite dado a los recobros que se detallan en el CD anexo a esta providencia y que, según lo manifestado por cada una de las entidades en respuesta al Auto 107 de 2010, no han sido pagados con fundamento en alguna de las glosas a que se refiere la orden vigésimo quinta de la sentencia T-760 de 2008. Proceda la Secretaría General de esta Corte conforme a lo ordenado.
- SEGUNDO. SOLICITAR al Consorcio Fidufosyga y al Ministerio de la Protección Social que, en el término de quince (15) días, informen a esta Sala si ya se efectuó el pago de los dineros aprobados a la EPS-S Capresoca en mesas de trabajo y que se relacionan en su oficio de respuesta al Auto 107 de 2010 (que se anexa), o en caso contrario, manifiesten las razones por las que no se ha realizado. Proceda la Secretaría General de esta Corte conforme a lo ordenado.
- TERCERO. REQUERIR a Solsalud EPS, Asociación Mutual la Esperanza ASMET SALUD EPSS, Caja Colombiana de Subsidio Familiar COLSUBSIDIO, Servicio Occidental de Salud SOS EPS, Asociación Mutual Empresa Solidaria de Salud de Nariño E.S.S. "EMSSANAR E.S.S." y la Entidad Cooperativa Solidaria de Salud ¨ECOOPSOS¨, para que en el término de diez (10) días informen a esta Sala la glosa que fue aplicada a cada uno de los recobros que relacionaron como pendientes de pago, en su respuesta al Auto 107 de 2010. Proceda la Secretaría General de esta Corte conforme a lo ordenado.
- CUARTO. REQUERIR a la Caja de Compensación Familiar del Norte de Santander COMFANORTE, para que en el término de diez (10) días dé respuesta a los requerimientos del Auto 107 de 2010, según las indicaciones que el mismo contiene, aclarando que la información solicitada es únicamente la relacionada con las glosas a que se refiere el numeral vigésimo
- quinto. de la sentencia T-760 de 2010.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.