A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Paez Rodriguez Maria Marcela Y Alfonso Navarro Grisales Wiilliam·Respondent Nestor Jaime Castaño Piñedes
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Contencioso Administrativo y Ordinaria Civil
- Competencia sobre asuntos no atribuidos por ley a otras jurisdicciones
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Boyacá y el Tribunal Administrativo de Boyacá.
En este caso la Corte encontró el cumplimiento de los requisitos subjetivo, objetivo y normativo requeridos para que se configure un conflicto de jurisdicciones de carácter negativo.
Ello, porque fue promovido por despachos que pertenecen a diferentes jurisdicciones; porque las autoridades judiciales manifestaron que carecen de competencia para conocer de una demanda de simulación absoluta y ambas enunciaron razonablemente fundamentos legales que soportan sus posturas sobre la falta de competencia.
La Sala Plena de la Corporación consideró que el caso objeto de estudio debe ser resuelto por la jurisdicción ordinaria civil.
Ello, porque los demandantes cuestionaron que hubiere surgido un vínculo jurídico de un contrato suscrito entre ellos y otro particular, por lo que solicitaron la declaratoria de la simulación del contrato de cesión, celebrado entre dos particulares, mas no del contrato de concesión minera en el que sí interviene una autoridad pública.
Con base en lo anterior se dirimió el conflicto declarando que es el Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Boyacá la autoridad competente para conocer la acción de simulación absoluta mencionada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre la jurisdicción ordinaria civil (Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Boyacá) y la jurisdicción de lo contencioso administrativo (Tribunal Administrativo de Boyacá), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Boyacá es la autoridad competente para conocer la acción de simulación absoluta presenta por María Marcela Páez Rodríguez y William Alfonso Navarro Grisales en contra de Néstor Jaime Castaño Piñedes; de acuerdo con las consideraciones del presente auto.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-216 al Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Boyacá, para que proceda con lo de su competencia.
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR la presente decisión al Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Boyacá y al Tribunal Administrativo de Boyacá. Así mismo, SOLICITAR al Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Boyacá que comunique el presente auto a los sujetos procesales dentro del proceso de simulación absoluta promovido por María Marcela Páez Rodríguez y William Alfonso Navarro Grisales en contra de Néstor Jaime Castaño Piñedes.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.