A- de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Sala De Seguimiento
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
- Solicitud de información al Gobierno Nacional sobre el fallecimiento de una de las mujeres protegidas en el anexo reservado del auto A.009/15 y, de una verificación estr
- Estado de cosas inconstitucional declarado en sentencia T-025/04
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 solicita información al Gobierno Nacional, sobre las medidas que fueron adoptadas en favor de una mujer fallecida que estaba incluida en el anexo reservado del Auto 009/15, al igual que respecto a las concedidas a los miembros de su núcleo familiar.
Así mismo, requiere presentación de informes relacionadas con el cumplimiento de las órdenes establecidas en los autos 092/08; 098/13 y 009/15.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. SOLICITAR, por medio de la Secretaría de esta Corporación, al Director de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de Víctimas y al Ministro de Salud que, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación del presente auto, alleguen, en medio físico y digital, un informe detallado y actualizado sobre las medidas que fueron adoptadas a favor de la mujer fallecida incluida en el anexo reservado del Auto 009 de 2015, así como las medidas concedidas a los miembros de su núcleo familiar.
- Para ello, se ordena el TRASLADO con CARÁCTER DE RESERVA, de la copia de la comunicación allegada a esta Sala Especial y su anexo.
- Segundo. SOLICITAR, por medio de la Secretaría de esta Corporación, al Director de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de Víctimas y al Ministro de Salud que, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación del presente auto, alleguen, en medio físico y digital, un informe detallado y actualizado sobre las medidas que fueron adoptadas a favor de cada una de las mujeres incluidas en los anexos reservados de los Auto 092 de 2008, 098 de 2013 y 009 de 2015, así como las medidas concedidas a los miembros de su núcleo familiar.
- Así mismo, SOLICITAR al Director de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas que en el mismo término de quince (15) días hábiles siguientes a la notificación del presente auto, remita el informe de que trata la presente orden al Procurador General de la Nación y al Defensor del Pueblo.
- Tercero. SOLICITAR al Procurador General de la Nación y al Defensor del Pueblo que, en el término de treinta días (30) días hábiles contados a partir de la comunicación de esta providencia, rinda un concepto detallada a la Corte Constitucional sobre la idoneidad, eficacia, pertinencia de las medidas adoptadas por la Unidad para las Víctimas para salvaguardar los derechos fundamentales a la salud, mínimo vital y a la reparación integral de cada una de las mujeres incluidas en los anexos reservados de los autos 092 de 2008, 098 de 2013 y 009 de 2015.
- Cuarto. SOLICITAR al Procurador General de la Nación, al Defensor del Pueblo, a la Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos en Colombia, a la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, a la Oficina de la entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el empoderamiento de la Mujer y a las organizaciones sociales que integran la Mesa de Seguimiento al Auto 092 de 2008 a ejercer una veeduría sobre el cumplimiento de la orden vigésimo cuarta del Auto 009 de 2015.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.