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Order (Auto)March 20, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant --·Respondent Rolon Rosso Jorge Luis

✓
Topic · hard data
Asunto Interno De La Misma Jurisdicción-La Fiscalía General De La Nación No Cumple Funciones Jurisdiccionales En Investigación Formal Contra Miembro De La Fuerza Pública Por La Presunta Comisión De Los Delitos De Homicidio Y Lesiones Personales.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Aparente conflicto entre la Fiscalía 88 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de Bucaramanga y el Juzgado 168 de Instrucción Penal Militar, por causa de una investigación penal contra un ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de homicidio y lesiones personales.

Al analizar los presupuestos de configuración del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que no se satisface el presupuesto subjetivo por lo tanto no se configura el mismo porque, conforme lo precisado por la Corte Constitucional, el asunto bajo examen no se enmarca en las excepciones que habilitan a la Fiscalía General de la Nación para hacer parte de un conflicto entre jurisdicciones en el marco de los procesos adelantados bajo el ámbito de la Ley 906/04.

La Corte no desconoce la gravedad del delito de homicidio ni la importancia innegable del bien jurídico que aquel protege.

Sin embargo, como lo afirmó esta Corporación en el Auto 1163/21, “no toda vulneración o atentado contra la vida constituye por sí misma una grave afectación de derechos humanos”, incluso si el hecho fue presuntamente cometido por agentes del Estado.

En suma, de manera preliminar no es posible advertir que las conductas investigadas constituyan una grave violación de derechos humanos desde una perspectiva formal o material y, por tanto, la Fiscalía General de la Nación no se encuentra habilitada para participar del conflicto de jurisdicciones.

La Sala se declara inhibida para fallar y remite el expediente al Juzgado 168 de Instrucción Penal Militar para lo de su competencia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, debido al incumplimiento del presupuesto subjetivo para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones.
  2. Segundo. REMITIR, por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-6144 al Juzgado 168 de Instrucción Penal Militar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados dentro del trámite judicial.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.