A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Ospino Gutiérrez José Francisco·Respondent Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Octavo Administrativo Oral del Circuito de Valledupar y el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Valledupar.
La causa que suscita la controversia radica en demanda en ejercicio del control de nulidad y restablecimiento del derecho por parte de un ciudadano, contra una resolución emitida por Colpensiones, que revocó unas Resoluciones emitidas por la misma entidad, por medio de la cuales reconoció una pensión de invalidez y un retroactivo en su favor y requiere se restablezcan estas últimas, con los derechos allí contenidos.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, en reiteración del Auto 746 de 2021, decide que la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer un proceso promovido por un trabajador del sector privado para obtener una reliquidación pensional.
Lo anterior porque, si bien una persona de derecho público administra el régimen de seguridad social aplicable al demandante, este no tuvo la calidad de empleado público al momento de causar la pensión.
En esa medida, no se cumplen los requisitos exigidos por el numeral 4 del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011 para asignarle la competencia a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Valledupar, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Octavo Administrativo Oral del Circuito de Valledupar y a las partes interesadas.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Octavo. Administrativo Oral del Circuito de Valledupar y el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Valledupar, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Valledupar, es la autoridad competente para tramitar la demanda interpuesta por el señor José Francisco Ospino Gutiérrez.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4746 al Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Valledupar, para lo de su competencia y para que COMUNIQUE la presente decisión al Juzgado
- Octavo. Administrativo Oral del Circuito de Valledupar y a las partes interesadas.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.