A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Cristaleria Peldar Sa·Respondent Administradora Colombiana De Pensiones - Colpensiones -
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda – Subsección F, y la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral (Sala Tercera de Descongestión).
La controversia se origina por acción de nulidad y restablecimiento del derecho inicada por Cristalería Peldar S.A., contra la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, en la que solicita la nulidad de una resolución mediante la cual la demandante reconoció una pensión especial de vejez a un ciudadano que trabajó para dicha sociedad y le impuso a la demandante a hacer aportes adicionales al considerar que la actividad desarrollada por el beneficiario de la pensión era de alto riesgo, los cuales considera la demandante no ser procedentes.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena sigue la regla de decisión del Auto 066 de 2022, según la cual, en materia de seguridad social, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer aquellos casos en los que (i) está involucrado un servidor público y (ii) su régimen es administrado por una persona de derecho público.
Por el contrario, la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral y de seguridad social será competente para conocer los demás procesos relativos a la seguridad social de los trabajadores oficiales, independientes y del sector privado, sin importar la naturaleza privada o pública de la entidad demandada y debido a la naturaleza privada de la empresa y el beneficiario un trabajador del sector privado, resuelve que la competencia es de la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad laboral y de seguridad social.
En consecuencia, dispone la remisión del expediente a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, Sala Tercera de Descongestión, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Segunda – Subsección F.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Segunda - Subsección F y la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, Sala Tercera de Descongestión, en el sentido de DECLARAR que la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, Sala Tercera de Descongestión, es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por Cristalería Peldar S.A. en contra de Colpensiones y Jorge Eduardo Contreras Rodríguez.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-4658 a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, Sala Tercera de Descongestión, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Segunda - Subsección F.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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