A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Grupo Konectar Sas·Respondent Municipio De Soledad Establecimiento De Desarrollo Urbano Y Medio Ambiente De Soledad Edumas
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado 3º Civil del Circuito en Oralidad de Soledad.
Causa la controversia, demanda ejecutiva presentada por el grupo Konectar S.A.S., en contra del municipio de Soledad, Atlántico, – Establecimiento de Desarrollo Urbano y Medio ambiente de Soledad – EDUMAS-., con el propósito de que se dé cumplimiento al pago de la deuda originada por el suministro de medicamentos e insumos pactados en contrato suscrito entre las partes.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que, el caso bajo estudio se trata de un proceso ejecutivo, derivado de un aparente incumplimiento contractual atribuido a la entidad pública en el marco de un contrato estatal entre las partes contratantes; la naturaleza del régimen del contrato es indiferente para definir la competencia judicial, según el artículo 104.2 del CPACA, así que considera que se ajusta a la regla de decisión dispuesta en Auto 403 de 2021, según la cual, cuando (i) una entidad estatal (ii) incorpore derechos en títulos-valores (iii) en el marco de sus relaciones contractuales, y (iv) quien fue parte en ese contrato (v) la demande para hacer efectivo el pago del derecho incorporado, (vi) la jurisdicción competente será la de lo contencioso-administrativo, (vii) por tratarse de controversias derivadas del contrato estatal.
La Corte asigna la competencia a dicha jurisdicción y resuelve remitir el expediente al Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre el Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado 3º Civil del Circuito en Oralidad de Soledad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-5055 al Juzgado 2º Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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