JurídicoESEN
Order (Auto)November 28, 2023

A- de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alejandro Linares Cantillo

✓Claimant Aliansalud Entidad Promotora De Salud Sa Eps·Respondent Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud Adres Y Otros

✓
Topic · hard data
Conocimiento De Actos Sujetos Al Derecho Administrativo, Cuando Esté Involucrada Una Entidad Pública.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 2° Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado 16 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia se origina por demanda de nulidad y restablecimiento del derecho iniciada por la Empresa Promotora de Salud Aliansalud EPS S.A. en contra de la Superintendencia Nacional de Salud, la Unión Temporal FOSYGA 2014, la Administradora de los Recursos del Sistema General de la Seguridad Social en Salud y otros, por medio de la cual pretende se anule unas resoluciones que ordenan a la citada EPS reintegrar sumas de dinero por concepto de recursos apropiados de forma no justificada y sus correspondientes intereses.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, siguiendo precedentes de esta Corporación en Autos 1011 de 2022 y 1980 de 2023, concluye que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos administrativos proferidos por autoridades del Estado en el ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control de la gestión de los recursos del sistema de seguridad social, ello, por cuanto la demanda no se enmarca en los supuestos establecidos en el artículo 2.4 del CPTSS para atribuir su trámite a la Jurisdicción Ordinaria Laboral.

En concreto, la demanda no es un litigio de naturaleza laboral o de seguridad social con un particular.

Por el contrario, lo que se cuestiona es la validez de un acto administrativo expedido por la ADRES, en el marco de sus facultades de inspección vigilancia y control sobre el Sistema de Seguridad Social Integral.

En consecuencia, de lo decidido, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado 2° Administrativo del Circuito de Bogotá, para que continúe con el trámite del proceso y para comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 16 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 2° Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado 16 Laboral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 2° Administrativo del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por Aliansalud EPS en contra de la Superintendencia Nacional de Salud, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social y otros.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-2847 al Juzgado 2° Administrativo del Circuito de Bogotá, para que continúe con el trámite del proceso y para comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 16 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.