A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Sara Lizeth Camelo·Respondent E.P.S Jersalud Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Veinte de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá y el Juzgado Diecinueve Civil del Circuito de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho fundó su decisión en un razonamiento basado en la naturaleza pública de las entidades vinculadas y su connotación para efectos del reparto, como único factor determinante para apartarse del conocimiento de la solicitud de amparo.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Veinte de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá para que, de forma inmediata, continúe con el trámite respectivo y dicte la decisión a la que haya lugar.
Se hizo una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto del Decreto 1069 de 2015 y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales y para que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, se resuelva por las autoridades judiciales establecidas por la Ley 270 de 1996.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 6 de octubre de 2023 por el Juzgado Veinte de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá, dentro del expediente ICC-4540.
- Segundo. REMITIR al Juzgado Veinte de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá el expediente ICC-4540, con el fin de que, de forma inmediata, continúe con el trámite respectivo y dicte la decisión a la que haya lugar respecto de la tutela presentada por la señora Sara Lizeth Camelo Alonso contra la EPS Jersalud, seccional Boyacá y sucursal Bogotá, y la IPS Medisalud UT.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Veinte de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto del Decreto 1069 de 2015 y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. ADVERTIR al Juzgado Veinte de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá que, en caso de que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas por la Ley 270 de 1996.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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