A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Entidad Promotora De Salud S.A. - Aliansalud Eps·Respondent Superintendencia Nacional De Salud Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo emitido por autoridad pública en ejercicio de sus funciones reglamentarias
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia fue originada por presentación de demanda de nulidad y restablecimiento del derecho por parte de Aliansalud Entidad Promotora de Salud S.A en contra de la Superintendencia Nacional de Salud, el Consorcio SAYP 2011, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES y el Ministerio de Salud y Protección Social, con la pretensión de declarar la nulidad de resoluciones expedidas por la Superintendencia Nacional de Salud, en relación con orden de reintegros de recursos.
Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión del Auto 1165 de 2021, según la cual corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos administrativos emitidos por la Superintendencia Nacional de Salud en los que ordena a una EPS el reintegro de dineros al FOSYGA por supuestos pagos indebidos o injustificados del flujo de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, con fundamento en la cláusula general de competencia del artículo 104 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en concordancia con los artículos 138 y 155 de la misma normatividad.
En consecuencia, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Bogotá.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Séptimo. Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por AlianSalud EPS en contra de la Superintendencia Nacional de Salud, el Consorcio SAYP 2011, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES y el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-4547 al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Séptimo. Laboral del Circuito de Bogotá.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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