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Order (Auto)March 9, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado

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Topic · hard data
Demanda Ejecutiva Derivada De Una Factura De Venta Por La Prestación De Servicios De Salud Del Sistema De Seguridad Social Integral-Incertidumbre En La Relación Contractual Entre Las Partes
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Reclamaciones por servicios hospitalarios prestados a pacientes bajo subcuenta del seguro de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito-ECAT
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto negativo de jurisdicción entre la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado Treinta y Dos Laboral del Circuito de Bogotá D.C.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ordinaria laboral que interpuso la IPS Clínica de Fracturas s Centro de Ortopedia y Traumatología en contra de la Nación- Ministerio de Salud y Protección Social, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y ADRES, con el fin de obtener el reconocimiento y pago de varias solicitudes de recobro por concepto de servicios médicos prestados a víctimas de accidentes de tránsito.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones la Corte concluyó que, la competencia judicial para conocer asuntos relacionados con el pago de reclamaciones judiciales al Estado por servicios prestados a pacientes que entran en la Subcuenta del Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito -ECAT- recae en los jueces contencioso administrativos, en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, en la medida en que este tipo de controversias no corresponde a las previstas en el numeral 4º del artículo 2° del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, porque no se relacionan, en estricto sentido, con la prestación de los servicios de la seguridad social.

En cambio, se trata de litigios presentados exclusivamente entre entidades administradoras y relativos a la financiación de servicios ya prestados, que no afectan a afiliados, beneficiarios o usuarios, ni a empleadores.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente a la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Subsección A de la Sección Primera Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado Treinta y Dos Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que corresponde a la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, conocer del proceso de la referencia adelantado por la IPS Clínica de Fracturas Centro de Ortopedia y Traumatología, en contra de la Nación- Ministerio de Salud y Protección Social y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud- ADRES- , de acuerdo con las consideraciones de este auto.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-229 a la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado Treinta y Dos Laboral del Circuito de Bogotá y a los sujetos procesales interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.