A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Ese Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo De Neiva·Respondent Asociacion Indigena Del Cauca Aic Eps I
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de obligaciones derivadas de facturas originadas en la prestación de servicios de salud
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Neiva (Huila) y el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito Judicial del mismo municipio.
La causa que suscita la controversia radica en demanda ejecutiva presentada por la ESE Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo de Neiva contra la Asociación Indígena del Cauca AIC EPS-I -la EPS-, a través de la cual pretende que se cancele el valor que considera se le adeuda por a atención médica de urgencias, de acuerdo a su nivel de complejidad, a los afiliados (cotizantes y beneficiarios) de la Asociación Indígena del Cauca.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena sigue la regla de decisión del Auto 788 de 2021, según el cual, siguiendo la cláusula general de competencia otorgada por el artículo 2.5 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretenda el pago de obligaciones derivadas de facturas de venta originadas en la prestación de servicios de salud, que no se enmarque en ninguno de los presupuestos del artículo 104.6 del CPACA.
Particularmente, cuando no se constate la existencia de una relación contractual entre las partes.
Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente a la oficina de reparto del circuito de Neiva, para que haga el reparto del proceso a la especialidad laboral y comunique esta decisión a los juzgados Tercero Civil del Circuito de Neiva (Huila) y Cuarto Administrativo del Circuito Judicial del mismo municipio y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Neiva (Huila) y el Juzgado
- Cuarto. Administrativo del Circuito Judicial del mismo municipio, en el sentido de DECLARAR que la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral es la competente para conocer de la demanda promovida por la ESE Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo de Neiva contra la Asociación Indígena del Cauca AIC EPS-I -la EPS-.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4356 a la oficina de reparto del circuito de Neiva, para que haga el reparto del proceso a la especialidad laboral y comunique esta decisión a los juzgados
- Tercero. Civil del Circuito de Neiva (Huila) y
- Cuarto. Administrativo del Circuito Judicial del mismo municipio y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.