A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant De Oficio Procesados Galezo Rodriguez German Dario Y Otros·Respondent Galezo Rodriguez German Dario Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de procesos por presuntos delitos cometidos por miembros de la fuerza pública cuando haya duda del posible rompimiento del factor funcional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre la Fiscalía 23 Penal Militar ante el Juzgado 15 de Brigada de Barranquilla y la Fiscalía 48 Especializada ante la Dirección contra Violaciones a los Derechos Humanos de Bogotá.
Es causa de la controversia entre Despachos, denuncia interpuesta ante la Fiscalía de Tierra Alta (Córdoba), contra miembros de la Fuerza Pública, Ejército Nacional, por la presunta comisión del delito de homicidio.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena analiza si se configuran los elementos del fuero penal militar para asignar la competencia y manifiesta, en línea con lo señalado en Autos 981 y 1028 de 2022, que los hechos que pueden llegar a tipificar una ejecución extrajudicial, “en ningún caso pueden debatirse al amparo del fuero militar …las graves violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario no pueden ser el resultado del cumplimiento de un deber constitucional o legal”.
De acuerdo con el análisis de los hechos, considera la Corte que, prima facie, no es posible afirmar que las actuaciones desplegadas por los investigados tengan una relación directa, clara y evidente con el cumplimiento de una orden legal y constitucional.
Existen dudas al respecto y los elementos probatorios que obran en el expediente son insuficientes para establecer la relación de causalidad de los hechos con la función militar, por lo que el caso no cumple con el elemento funcional para ser atribuido a la Justicia Penal Militar.
En consecuencia, le asigna la competencia a la Jurisdicción Ordinaria, y resuelve remitir el expediente a la la Fiscalía 48 Especializada ante la Dirección contra Violaciones a los Derechos Humanos de Bogotá para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a la la Fiscalía 23 Penal Militar ante el Juzgado 15 de Brigada de Barranquilla y a los demás sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre la Fiscalía 48 Especializada ante la Dirección contra Violaciones a los Derechos Humanos de Bogotá y la Fiscalía 23 Penal Militar ante el Juzgado 15 de Brigada de Barranquilla, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento le compete a la Fiscalía 48 Especializada ante la Dirección contra Violaciones a los Derechos Humanos de Bogotá.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3485 a la Fiscalía 48 Especializada ante la Dirección contra Violaciones a los Derechos Humanos de Bogotá para lo de su competencia, en los términos expuestos en esta providencia y para que comunique la presente decisión a la la Fiscalía 23 Penal Militar ante el Juzgado 15 de Brigada de Barranquilla y a los demás sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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