A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Marìa·Respondent Municipio Castilla La Vieja Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos derivados de la responsabilidad médica cuando de la acción u omisión de la entidad estatal se derive, al menos, una concausa eficiente del daño
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 011 Civil Municipal de Villavicencio y el Juzgado 002 Administrativo de Villavicencio, suscitado por demanda de reparación directa por falla en el servicio instaurada por unos ciudadanos, en contra del Municipio de Castilla La Nueva, la E.S.E.
Hospital de Castilla La Nueva, Inversiones Clínica del Meta S.A. y Salud Total EPS S.
A.
Lo anterior con la finalidad de que se declare que los demandados son responsables de los perjuicios materiales y morales causados durante el parto y nacimiento del hijo de María, se los condene al pago de los perjuicios ocasionados, entre otros conceptos.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que el extremo pasivo lo integran entidades públicas y privadas y concluye que existe una probabilidad mínimamente seria de que la E.S.E. sea declarada responsable, pues, en la fase prenatal y del parto, prestó directamente el servicio asistencial.
De conformidad con el Auto 646/21, la Jurisdicción Contencioso Administrativa es competente para conocer demandas de reparación directa por responsabilidad médica en contra de entidades públicas y privadas cuando se verifique que: los hechos y la causa que originan la eventual responsabilidad de las entidades sean los mismos; los hechos, las pretensiones y las pruebas del caso permitan inferir razonablemente que hay una probabilidad “mínimamente seria” de que las entidades públicas serán declaradas responsables y, se mencionen fundamentos fácticos y jurídicos para imputar responsabilidad a la entidad pública, que permitan concluir prima facie que la conducta de la entidad pública fue al menos “concausa eficiente del daño”.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Administrativo de Villavicencio y el Juzgado 011 Civil Municipal de Villavicencio DECLARAR que el Juzgado 002 Administrativo de Villavicencio es la autoridad competente para conocer de la demanda de reparación directa presentada por María y otros en contra del Municipio de Castilla La Nueva, la E.S.E. Hospital de Castilla La Nueva, Inversiones Clínica del Meta S.A. y Salud Total EPS S. A.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6193 al Juzgado 002 Administrativo de Villavicencio para que proceda en lo referente a su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado 011 Civil Municipal de Villavicencio, a la parte demandante y a los demás interesados en el proceso.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.