A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Mina Mejia Gloria Ofir Y Otro·Respondent Ugpp
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre sistema de seguridad social propuestas por quienes fueron trabajadores oficiales o del sector privado cuyo régimen es administrado por persona de derecho público
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 047 Administrativo de Bogotá y el Juzgado 039 Laboral del Circuito de Bogotá, causado por una demanda ordinaria laboral presentada por unas ciudadanas, contra la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales, con la que solicitan declarar la pérdida de fuerza ejecutoria de la Resolución que ordena ajustar la mesada pensional del causante, pariente de las demandantes, y ordenar a la demandada reintegrar las sumas de dinero que, por concepto de retroactivo, se les descontaron, además del pago de otros conceptos que se generaron por dicha causa.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no se cumplen los requisitos exigidos por el numeral 4 del artículo 104 del CPACA para otorgar la competencia especial en materia de seguridad social a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Si bien una persona de derecho público (UGPP) administra el régimen de seguridad social, el causante no tuvo la calidad de empleado público al momento de causar la pensión y su calidad de trabajador oficial se confirma con lo establecido por el artículo 38 del Decreto 2465/81, cuya norma prescribía que, por regla general, las personas que prestaran sus servicios a la empresa Puertos de Colombia eran trabajadores oficiales.
Por ello, le corresponde a la jurisdicción ordinaria laboral, el conocimiento del asunto, en aplicación de la cláusula general de competencia contenida en el artículo 12 de la Ley 270/96 y el artículo 2.5 del CPTSS, ajustado a la regla de decisión del auto 1104/21.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 039 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 047 Administrativo de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 039 Laboral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por Gloria Ofir Mina Mejía y Yuri Vanessa Caicedo Mina contra la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales -UGPP-.
- Segundo. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6184 al Juzgado 039 Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 047 Administrativo de Bogotá.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.