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Order (Auto)March 5, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Consorcio Ingenieria V·Respondent Financiera De Desarrollo Territorial Sa Findeter

✓
Topic · hard data
Demanda De Solicitud De Existencia E Incumplimiento De Contrato-Interviene Un Patrimonio Autónomo Constituido Con Aportes Públicos En Su Mayoría.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias alrededor de contratos en los que intervengan patrimonios autónomos constituidos por transferencia de recursos del Estado
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 035 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, Sección Tercera y el Juzgado 010 Civil del Circuito de ese mismo circuito judicial, causado por el medio de control de controversias contractuales presentada por el Consorcio Ingeniería V, en contra de Financiera de Desarrollo Territorial S.A. – FINDETER – y de la Fiduciaria La Previsora S.A., en calidad de administradora y vocera del Patrimonio Autónomo Findeter, para que se declare que las entidades demandadas incumplieron un contrato de obra y, se las condene al pago de perjuicios causados.

Cumplidos los presupuestos de configuración del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el objeto del contrato no se enmarca en una actividad propia de instituciones financieras, luego no aplica la excepción del numeral 1º del artículo 105 del CPACA, y FINDETER, para los efectos del artículo 104 del CPACA, se asimila a una entidad pública, luego es pertinente reiterar, según Autos 020 y 1609/24 que, de conformidad con el numeral 2 y el parágrafo del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, el conocimiento de procesos relativos a los contratos en los que intervengan patrimonios autónomos que sean constituidos en su mayoría con recursos públicos, o haya evidencia de que así es, independientemente de la naturaleza jurídica de la sociedad o entidad público financiera que ejerza su administración y vocería, es de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, en atención a que los patrimonios autónomos son la parte del proceso que tiene relación con las obligaciones contractuales objeto de discusión.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de competencia entre el Juzgado 035 Administrativo de Bogotá y el Juzgado 010 Civil del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda del Consorcio Ingeniería V contra la Fiduciaria La Previsora S.A., en calidad de administradora y vocera del Patrimonio Autónomo Findeter- PAF, le corresponde al Juzgado 035 Administrativo de Bogotá.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-6085 al Juzgado 035 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 010 Civil del Circuito de Bogotá y a los demás interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.