JurídicoESEN
Order (Auto)October 11, 2023

A- de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant Instituto De Desarrollo Urbano Idu·Respondent Grupo Empresarial Vias Bogota Sas

✓
Topic · hard data
Proceso Ejecutivo Proveniente De Laudo Arbitral En Que Hubiese Sido Parte Una Entidad Pública.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Procesos ejecutivos provenientes de laudos arbitrales en que hubiese sido parte una entidad pública
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Sesenta y Uno Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera y el Juzgado Cuarenta Civil del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ejecutiva que presentó el IDU en contra del Grupo Empresarial Vías Bogotá S.A.S, con la finalidad de obtener el pago de la condena en costas impuesta en un laudo arbitral.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión de los Autos 834 y 1042 de 2021 mediante la cual se estableció que, la competencia para conocer de los procesos ejecutivos en los que se pretenda el cobro de la condena en costas ordenada en un laudo arbitral corresponde a la jurisdicción que deba conocer de la ejecución del correspondiente laudo, de conformidad con el artículo 104 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo que establece que esa jurisdicción será competente para tramitar los procesos ejecutivos que cumplan dos características: (i) que provengan de laudos arbitrales y (ii) que una de las partes de la controversia que resuelva el laudo sea una entidad pública.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Sesenta y Uno Administrativo del Circuito de Bogotá para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al otro operador jurídico involucrado y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto de competencia entre jurisdicciones y, en consecuencia, DECLARAR que corresponde al Juzgado Sesenta y Uno Administrativo del Circuito de Bogotá conocer de la demanda ejecutiva presentada por el Instituto de Desarrollo Urbano -IDU- en contra del Grupo Empresarial Vías Bogotá S.A.S.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3878 al Juzgado Sesenta y Uno Administrativo del Circuito de Bogotá para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado Cuarenta Civil del Circuito de Bogotá, y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.