A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Hogar Del Anciano San Vicente De Chucuri·Respondent Morales Dotor Luis Carlos
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es una entidad pública o un particular que desempeñe funciones administrativas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de San Vicente de Chucurí (Santander) y el Juzgado Catorce Administrativo del Circuito de Bucaramanga (Santander).
La controversia se dio con ocasión de una acción popular interpuesta por el instituto Hogar del Anciano, en contra de un particular, con el fin de que restablecer los perjuicios ocasionados por las construcciones y obras del demandado, abstenerse de construir y pagar, a favor del interés público y a título de reparación, los daños económicos, sociales y ambientales que generaron perjuicios producto de las construcción y obras del demandado.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que en virtud de los artículos 9, 14 y 15 de la Ley 472 de 1998, la Jurisdicción Ordinaria Civil es la competente para conocer de una acción popular presentada en contra de un particular siempre que la violación o amenaza de derechos colectivos no involucre además actos, acciones u omisiones de entidades públicas y de personas privadas que desempeñen funciones administrativas, eventos en los que será la Jurisdicción Contenciosa Administrativa la competente.
Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Catorce Administrativo del Circuito de Bucaramanga, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de San Vicente de Chucurí (Santander) y el Juzgado Catorce Administrativo del Circuito de Bucaramanga (Santander), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Catorce Administrativo del Circuito de Bucaramanga (Santander) es la autoridad competente para conocer de la acción popular promovida por Edilia Pedraza de Cipagauta, en calidad de representante legal del instituto Hogar del Anciano, contra Luis Carlos Morales Dotor y los vinculados Alcaldía Municipal de San Vicente de Chucurí y Olga Dotor López.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2294 al Juzgado Catorce Administrativo del Circuito de Bucaramanga (Santander), para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Promiscuo del Circuito de San Vicente de Chucurí (Santander).
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.