A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Velásquez Vargas Tomás Felipe·Respondent --
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
- Inexistencia de argumentación, razonamiento o motivación
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque el actor, frente al primer reparo, no realizó una subsanación sino una modificación, donde se incluyó un cargo que no fue planteado en el libelo original.
La Sala Plena de la Corporación coincidió con la magistrada sustanciadora, en cuanto que la demanda carece de los requisitos mínimos de admisibilidad y que el actor no logró despertar una mínima duda sobre la constitucionalidad de la norma demandada.
Así mismo, tampoco encontró demostrado que la providencia censurada hubiese incurrido en algún yerro o arbitrariedad.
Con base en lo anterior se CONFIRMA el auto de rechazo.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. CONFIRMAR el Auto del 25 de agosto de 2023, proferido por la magistrada Cristina Pardo Schlesinger en el proceso D-15410, mediante el cual se rechazó la demanda presentada por el ciudadano Tomás Felipe Velásquez Vargas contra el artículo 10 (parcial) de la Ley 2277 de 2022.
- Segundo. Proceda la Secretaría General de la Corte Constitucional a comunicar el contenido de esta decisión al recurrente, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
- Tercero. En firme esta decisión, archívese el expediente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.