A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Velez Escudero Juliana·Respondent Ministerio Del Interior Fondo Para La Rehabilitacion Inversion Social Y Lucha Contra El Crimen Organizado
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Asuntos no atribuidos por ley a otras jurisdicciones
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Trece Civil de Bogotá D.C. y el Tribunal Administrativo de Antioquia.
La controversia se dio respecto a una demanda de división material de mayor cuantía interpuesta por un particular, en contra del Ministerio del Interior y el Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado, con el fin de que se declare “la partición de la cosa común, puesto que la pertenencia del inmueble en cuestión se divide en un 50% al demandante y un 50% al demandado y que, de manera previa al traslado de la demanda, se otorgue licencia previa de subdivisión en los términos del artículo 408 del Código General del Proceso.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil es competente para conocer sobre la demanda, esto debido a que el proceso divisorio de mayor cuantía es un proceso declarativo especial de naturaleza civil que no está previsto de manera expresa en el CPACA u otras normas de procedimiento de lo contencioso administrativo, por ende, resulta aplicable la cláusula general de competencia prevista por el artículo 15 del CGP, que otorga competencia a la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil.
Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Trece Civil de Bogotá D.C., para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Trece Civil de Bogotá D.C. y el Tribunal Administrativo de Antioquia, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Trece Civil de Bogotá D.C. es la autoridad competente para conocer del presente asunto.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2093 al Juzgado Trece Civil de Bogotá D.C.para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Tribunal Administrativo de Antioquia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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