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Order (Auto)February 7, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Hospital Universitario Clinica San Rafael·Respondent Saludcoop Eps En Liquidacion

✓
Topic · hard data
Demanda De Nulidad Y Restablecimiento De Derecho Interpuesta En Contra De Acto Administrativo Expedido Por Agente Liquidador De Eps.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de actos administrativos proferidos por particulares en ejercicio de funciones públicas
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre la Subsección B de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado Treinta y Nueve Laboral del Circuito de Bogotá.

La controversia se presenta por demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por el Hospital Universitario Clínica San Rafael, en contra de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Contributivo Saludcoop Organismo Cooperativo en Liquidación, con el fin de solicitar la nulidad de los actos administrativos con los que la agente especial liquidadora de Saludcoop EPS rechazó gran parte de la reclamación de prestaciones económicas elevadas ante la entidad y se ordene reconocer y pagar su monto.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena resuelve, en virtud de la regla establecida en Auto 343 de 2021, reiterada entre otros, en el Auto 687 de 2021 que conforme a lo previsto por el numeral 2º del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y por el parágrafo 2º del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer de demandas contra actos proferidos por el agente liquidador de una Entidad Promotora de Salud (en adelante, EPS), designado por la Superintendencia Nacional de Salud, en los que se pronuncie sobre la aceptación, rechazo, prelación o calificación de créditos.

Esto, porque los agentes liquidadores son particulares en ejercicio transitorio de funciones públicas y sus decisiones tienen la naturaleza de actos administrativos.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente a la la Subsección B de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Treinta y Nueve Laboral del Circuito de Bogotá.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Subsección B de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado Treinta y Nueve Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que la Subsección B de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca es competente para conocer de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho del Hospital Universitario Clínica San Rafael en contra de la Entidad Promotora de Salud del Régimen Contributivo Saludcoop Organismo Cooperativo en Liquidación.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4764 a la Subsección B de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Treinta y Nueve Laboral del Circuito de Bogotá.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.