A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Gustavo Davila Camargo·Respondent Serlefin Sa Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Las tutelas que presenten unidad de objeto, causa y parte pasiva serán repartidas al mismo despacho judicial
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia en materia de tutela suscitado entre el Juzgado Tercero Civil Municipal de Bogotá y el Juzgado Veintinueve Civil Municipal de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho mencionado se apartó del conocimiento de la causa con base en las reglas de reparto establecidas en el Decreto 1834 de 2015, pero sin comprobar la concurrencia de identidad de sujeto pasivo, causa y objeto exigidos.
La Sala Plena concluyó que en este asunto no era aplicable las reglas previstas en el mencionado Decreto, por cuanto las acciones de tutela si fueron presentadas por la misma persona, pero entre una y otra existen considerables diferencias, lo que desnaturaliza por completo la configuración de la tutela masiva.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Tercero Civil Municipal de Bogotá para que, de forma inmediata, continúe con el trámite respectivo y profiera la decisión a la que haya lugar.
Se le advierte a esta autoridad que, cuando esté frente a un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996.
Por esta razón, deberá observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 13 de octubre de 2021 proferido por el Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Bogotá, dentro del Expediente ICC-4138.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Bogotá el expediente ICC-4138 para que, de forma inmediata, continúe con el trámite respectivo y profiera la decisión a la que haya lugar en relación con la acción de tutela interpuesta por Gustavo Dávila Camargo en contra de las empresas Serlefin S.A. y Enel-Codensa S.A.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado Veintinueve Civil Municipal de Bogotá que, cuando esté frente a un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996. Por esta razón, deberá observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado Veintinueve Civil Municipal de Bogotá.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.