A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Jose Mauricio Sanchez Carrillo·Respondent Cnsc
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Factor territorial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto negativo de competencia en materia de tutela suscitado entre el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Girardot y el Juzgado Séptimo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué.
La controversia entre las precitadas autoridades se generó en torno a las diferentes interpretaciones sobre el factor territorial.
Ambos despachos formularon una serie de argumentos relacionados con lugar donde se produjo y tuvo sus efectos la vulneración de derechos fundamentales alegada por la parte demandante.
Teniendo en cuenta que la Sala Plena consideró que le asistió la razón a los dos despachos cuando manifestaron que carecían de competencia para asumir el conocimiento del asunto, decidió enviar el expediente a la Oficina Judicial de Reparto de Bogotá para que distribuya el asunto en aplicación del artículo 37 del Decreto 2591 de 1991.
Se hizo una advertencia al Juzgado Séptimo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué para que, en caso de considerar que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, se resuelva, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REMITIR el expediente ICC-4135 a la Oficina Judicial de Reparto de Bogotá para que distribuya el asunto en aplicación del artículo 37 del Decreto 2591 de 1991.
- Segundo. ADVERTIR al Juzgado
- Séptimo. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué que, en caso de considerar que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporación.
- Tercero. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la presente decisión al accionante, al Juzgado
- Séptimo. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué y al Juzgado
- Segundo. Promiscuo de Familia de Girardot.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.