A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Wilmer Stic Zafra Rodriguez·Respondent Agencia Nacional De Tierras
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competencia del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 6 Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado 5 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
Teniendo en cuenta que la Corte constató (i) que ninguna de las autoridades involucradas en el presente caso es competente por el factor territorial para conocer la solicitud de amparo y, (ii) que dicha competencia recae tanto en las autoridades del Circuito Judicial de Bogotá, como en las del Circuito Judicial de Chiriguaná, la Sala Plena decidió enviar el expediente a la Oficina Judicial de Reparto del Circuito de Chiriguaná para que, de manera inmediata, distribuya el asunto entre los juzgados con competencia territorial.
Al Juzgado 5 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar se le advirtió que, en lo sucesivo, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por la autoridad judicial prevista en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REMITIR el expediente ICC-4920 a la Oficina Judicial de Reparto del Circuito de Chiriguaná para que, de manera inmediata, distribuya el asunto entre los juzgados con competencia territorial.
- Segundo. ADVERTIR al Juzgado 005 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar que, en lo sucesivo, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por la autoridad judicial prevista en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- Tercero. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a las partes, al Juzgado 005 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar, el Juzgado 006 Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga y a la Oficina Judicial de Reparto del Circuito de Chiriguaná.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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