A- de 2001
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Claimant Diaz De Moreno Maria Esther·Respondent I.S.S Seccional De Bogota
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Obligación de corregir error en la indebida designación del demandado
- Informalidad
- Identificación cabal del demandado
- Indebida designación del demandado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se declaró la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el presente caso desde el auto admisorio proferido el Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá, toda vez que el funcionario judicial omite vincular procesalmente a la totalidad de los sujetos pasivos de la acción de tutela.
En consecuencia, se ordenó al citado Juzgado notificar la demanda al Instituto de Seguros Sociales y a la Secretaría de Hacienda de Bogotá, así como a todas aquellas entidades que a su criterio deban responder por la posible vulneración de los derechos de la peticionaria.
Una vez cumplido lo anterior, continuar con el trámite señalado en el Decreto 2591 de 1991.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. DECLARAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el presente caso desde el auto admisorio de la misma, proferido el 27 de septiembre de 2000 por el Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá.
- Segundo. ORDENAR al Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá, que proceda a notificar la demanda al Instituto de Seguros Sociales y a la Secretaría de Hacienda de Bogotá, así como a todas aquellas entidades que a su criterio deban responder por la posible vulneración de los derechos de la peticionaria. Una vez cumplido lo anterior, continúese con el trámite señalado en el decreto 2591 de 1991.
- Tercero. Por Secretaría, REMITIR el expediente de la referencia al Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá, a fin de que se surta el procedimiento indicado en el numeral anterior.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.