JurídicoESEN
Order (Auto)December 4, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Vladimir Fernández Andrade

✓Claimant Jose Elias Pedriza Bonilla·Respondent Ministerio De Defensa, Direccion De Sanidad Militar Del Ejercito Nacional Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia A Prevención En Tutela
  • En aquellos casos donde varios despachos judiciales tengan competencia para conocer de la solicitud de amparo, los jueces o tribunales deben respetar la elección adoptada por el accionante
2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 5 Administrativo del Circuito de Neiva y el Juzgado 3 Laboral del Circuito de Ibagué.

En este caso se tiene que el primer despacho escindió la acción de tutela argumentando que carecía de competencia territorial para avocar el conocimiento del asunto de cara al domicilio de las entidades accionadas.

En particular, estimó que dicha competencia correspondía, en primera instancia, a los juzgados del circuito judicial de Tame (Arauca), La Macarena (Mega), Ibagué, Bogotá y Cubará (Boyacá), lugares a los cuales dispuso remitir las piezas procesales escindidas.

El conflicto de competencia lo propuso la misma autoridad frente a la fracción escindida con la que se quedó y con base en el factor territorial.

Tras considerar que la anterior actuación es contraria al orden jurídico, la Corte decidió remitir el expediente al Juzgado 5 Administrativo del Circuito de Neiva para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.

Se le advirtió a este operador jurídico que, en lo sucesivo, debe abstenerse de suscitar conflictos de competencia con fundamento en el factor territorial sin verificar el lugar donde ocurre la vulneración o la amenaza que motiva la presentación de la solicitud, así como el lugar donde se producen sus efectos y la aplicación del criterio a prevención.

Asimismo, abstenerse de fraccionar las acciones de tutela que lleguen a su conocimiento, pues tal actuación atenta contra los principios de economía, celeridad y eficacia que orientan los procesos constitucionales.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. DEJAR PARCIALMENTE SIN EFECTOS el auto del 30 de octubre de 2024, proferido por el Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Neiva (Huila), dentro del trámite de tutela promovido por Juan Carlos Coronel Bonza, en calidad de apoderado judicial de José Elías Pedriza Bonilla, en lo relativo al ordinal
  2. segundo. y solo en lo referente a la remisión ordenada a los jueces de tutela de Ibagué respecto a la pretensión dirigida al batallón de ASPC No. 6 "Francisco Antonio Zea".
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4848 al Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Neiva (Huila), para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
  4. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Neiva que, en lo sucesivo, debe abstenerse de suscitar conflictos de competencia con fundamento en el factor territorial sin verificar el lugar donde ocurre la vulneración o la amenaza que motiva la presentación de la solicitud, así como el lugar donde se producen sus efectos y la aplicación del criterio "a prevención". Asimismo, deberá abstenerse de fraccionar las acciones de tutela que lleguen a su conocimiento, pues tal actuación atenta contra los principios de economía, celeridad y eficacia que orientan los procesos constitucionales.
  5. CUARTO. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte demandante, al Juzgado 005Administrativo del Circuito de Neiva y al Juzgado 003 Laboral del Circuito de Ibagué (Tolima).
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.