A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Maria Esperanza Florez Alfonso·Respondent Discolmets Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 1 Civil Municipal de Sogamoso (Boyacá) y el Juzgado Promiscuo Municipal de Tibasosa (Boyacá).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
La Corte dio prevalencia a la elección hecho por la parte accionante y en virtud del criterio a prevención dirimió el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Tibasosa para que, de manera inmediata, tramite el proceso y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en futuros casos, remita a la autoridad competente las controversias de competencia en asuntos de tutela, según lo dispuesto en la Ley 270 de 1996.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 22 de octubre de 2025 por el Juzgado 001 Civil Municipal de Sogamoso, con ocasión de la acción de tutela presentada por María Esperanza Flórez Alonso, en representación de su padre, en contra de la Distribuidora Colombiana de Medicamentos y Tecnologías en Salud S.A.S. (Discolmets S.A.S.).
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5193 al Juzgado 001 Civil Municipal de Sogamoso para que, de manera inmediata, tramite el proceso y adopte la decisión a que haya lugar en relación con la acción de tutela en curso.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Tibasosa que, en futuros casos, remita a la autoridad competente las controversias de competencia en asuntos de tutela, según lo dispuesto en la Ley 270 de 1996.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR esta providencia a la parte accionante y al Juzgado Promiscuo Municipal de Tibasosa.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.