A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Bermeo Silva William Andres Y Otros·Respondent Enel Sa Esp
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conflictos de responsabilidad extracontractual por acción u omisión de entidad privada prestadora de servicios públicos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre la Sala Civil, Familia y Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Huila, y el Juzgado 010 Administrativo del Circuito Judicial de Neiva, Huila, suscitado por el medio de control de reparación directa presentada por un ciudadano, en contra de Emgesa S.A.
E.S.P., (Enel S.A.
E.S.P.), con el propósito de que se declare la responsabilidad de la empresa por los perjuicios causados por la construcción del proyecto hidroeléctrico El Quimbo.
Cumplidos los requisitos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena observa que Enel Colombia S.A. es una sociedad que está compuesta mayoritariamente por aportes privados, por lo que se considera de naturaleza privada, según lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 142 de 1994, por tanto no se aplica la cláusula general de competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo establecida en el artículo 104 del CPACA.
Considera la Sala que es pertinente aplicar la regla de decisión del auto 946 de 2021, con la cual se concluyó que, las controversias relacionadas con la responsabilidad extracontractual de empresas de servicios públicos privadas que no hayan sido expresamente asignadas por el legislador a un determinado juez y no se encuadren en la competencia general de la jurisdicción contencioso administrativo fijada en el artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, le corresponderán a la jurisdicción ordinaria, especialidad civil, de conformidad con artículo 12 de la Ley 270 de 1996, 15 del Código General del Proceso y el artículo 32 de la Ley 142/94.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre la Sala Civil, Familia y Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Huila, y el Juzgado 010 Administrativo del Circuito Judicial de Neiva, Huila, en el sentido de DECLARAR que la Sala Civil, Familia y Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Neiva, Huila, es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-6112 a la Sala Civil, Familia y Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Neiva, Huila, para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados y al Juzgado 010 Administrativo del Circuito Judicial de Neiva, Huila.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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