A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Salcedo Cuervo Consuelo·Respondent Colpensiones Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de trabajador oficial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 019 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 009 Administrativo, Sección Segunda, del Circuito de Bogotá, por una demanda ordinaria laboral instaurada por un ciudadano, contra la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, y las sociedades Gente Oportuna S.A.S., Misión Temporal Limitada, Activos S.A.S, Coltempora S.A.S. y Serviola S.A.S., para que se declare la existencia de un contrato laboral a término indefinido entre Colpensiones y la demandante, que las otras empresas demandadas fungieron como simples intermediarias, que fue terminado el contrato sin justa causa y se ordene el pago solidario de las acreencias surgidas, entre otras pretensiones.
Verificado el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la demandante solicita que se reconozca que, pese a existir varios contratos de trabajo por obra labor entre ella y empresas de servicios temporales, se trataba de una verdadera relación laboral entre ella y Colpensiones.
Señala la Sala que la regla general de vinculación de los servidores de Colpensiones es la propia de los trabajadores oficiales.
Por lo tanto, considera pertinente resolver en reiteración de la regla de decisión del Auto 1728/23, en la que se dispuso la competencia de la jurisdicción ordinaria laboral para conocer los procesos de un empleado en misión, bajo los supuestos que se confirman en este caso, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 105 del CPACA y el numeral 1 del artículo 2 del CPTSS.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 019 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 009 Administrativo Oral -Sección Segunda- del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 019 Laboral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por Consuelo Salcedo Cuervo en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones, -Colpensiones- y las sociedades Gente Oportuna S.A.S., Misión Temporal Limitada, Activos S.A.S, Coltempora S.A.S. y Serviola S.A.S.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-7278 al Juzgado 019 Laboral del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado 009 Administrativo Oral -Sección Segunda- del Circuito de Bogotá y a los interesados en este trámite.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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