JurídicoESEN
Order (Auto)December 4, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant De Oficio·Respondent Hincapie Yeison Stiven Y Otros

✓
Topic · hard data
Incumplimiento De Los Elementos Personal Y Territorial-La Comunidad Indígena No Aportó Los Elementos De Juicio Indispensables Para Entender Acreditada La Garantía Del Fuero Indígena.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 002 Penal del Circuito de Florencia (Caquetá) y la Comunidad Indígena Anayaco de los Andaquíes (Huila), suscitado por investigación penal adelantada en contra de una ciudadana, posible miembro de comunidad indígena, por la presunta comisión del delito de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.

Cumplidos los requisitos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos establecidos por la jurisprudencia para establecer la competencia.

Se acredita el elemento personal, pues se reconoce la pertenencia de la imputada a la comunidad indígena.

No se cumple el factor territorial porque el ámbito espacial en el que ocurrieron los hechos no coincide con el área geográfica y de influencia de la comunidad.

La Sala advierte una concurrencia de intereses entre la sociedad mayoritaria y la comunidad indígena para conocer y juzgar el delito por el que se acusa a la procesada, así que el factor objetivo no es determinante para atribuir la competencia.

Las pruebas obrantes en el expediente resaltan que la comunidad cuenta con un reglamento interno y un organigrama interno de autoridades que ejercen funciones tanto administrativas como de justicia propia, pero sólo realizó una referencia genérica de su andamiaje para juzgar la conducta, sin aludir mínimamente a las autoridades específicas encargadas de juzgarla, el procedimiento, las garantías del derecho de defensa y la forma de hacer efectiva la sanción, por lo que no se tiene acreditado el factor institucional.

Se asigna la competencia a la Jurisdicción Ordinaria penal.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Penal del Circuito de Florencia y la Comunidad Indígena Anayaco de los Andaquíes, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Penal del Circuito de Florencia es la autoridad competente para conocer el proceso seguido en contra de Luna Dayana Polanía Palacios, por el delito de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones del artículo 365 del Código Penal.
  2. SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5985 al Juzgado 002 Penal del Circuito de Florencia, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y a la Comunidad Indígena Anayaco de los Andaquíes.
  3. TERCERO. Al involucrar la actuación de sujetos con pertenencia a colectividades culturales diferenciadas, ADVERTIR al Juzgado 002 Penal del Circuito de Florencia la necesidad de implementar un enfoque étnico en el trámite de la actuación judicial, incluida la aplicación de mecanismos de diálogo intercultural.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.