A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Marimon Polo Lauren Margarita·Respondent Salud Total Eps
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre sistema de seguridad social propuestas por quienes fueron empleados públicos cuyo régimen no es administrado por persona de derecho público
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 004 Laboral del Circuito de Montería, Córdoba y el Juzgado 008 Administrativo Oral de la misma ciudad, causado por una demanda ordinaria laboral presentada por una ciudadana, en contra de Salud Total S.A.
EPS., con la que pretende se declare que la demandante tiene derecho al reconocimiento, liquidación y pago de su licencia de maternidad otorgada por su médico tratante.
Cumplidos los requisitos que configuran el conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la demandante tuvo la calidad de empleada pública pues su empleadora fue la Rama Judicial.
Sin embargo, el conflicto surge a partir de la demanda dirigida en contra de Salud Total EPS, entidad administradora de naturaleza privada.
El reconocimiento, liquidación y pago de la licencia de maternidad hace parte de la seguridad social y, cuando surgen conflictos en torno a alguna de estas situaciones, debe acudirse a las reglas generales previstas por la jurisprudencia constitucional.
Estas reglas, a su vez, se orientan a partir de la naturaleza del empleo y de la entidad que administra la prestación concreta.
Se reitera la regla de decisión del Auto 1148/22, que la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, conoce de los conflictos relativos a la reliquidación de la licencia de maternidad, cuando es iniciado por una persona (exempleada pública) en contra de una EPS de naturaleza privada y una entidad pública y, prima facie no se configura el fuero de atracción.
Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 2 del CPTSS.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 004 Laboral del Circuito de Montería y el Juzgado 008 Administrativo Oral de Montería, y DECLARAR que el Juzgado 004 Laboral del Circuito de Montería es la autoridad competente para conocer sobre la demanda formulada por Lauren Marimón Polo contra Salud Total EPS.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5948 al Juzgado 004 Laboral del Circuito de Montería, para que proceda con lo de su competencia, y comunique la presente decisión a los interesados, así como al Juzgado 008 Administrativo Oral del Circuito de Montería.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.