JurídicoESEN
Order (Auto)April 29, 2021

A- de 2021

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Claimant Weisner Medina Perez·Respondent Secretaria De Educacion Del Caqueta

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Jurisdiccion Constitucional
  • No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
3 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Séptimo Penal Municipal de Conocimiento de Florencia (Caquetá) y el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de la misma ciudad.

En este caso constató la Corte que sólo se configuró un conflicto aparente de competencia, en la medida que ambos juzgados invocaron las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021, para abstenerse de conocer la acción de tutela invocada.

De esta manera, los mencionados despachos otorgaron un alcance inexistente a las disposiciones contenidas en dicho instrumento jurídico y contrariaron la jurisprudencia de la Corporación, según la cual, tales reglas lejos de integrar mandatos procesales en materia de competencia, son apenas pautas de reparto y/o asignación de expedientes de tutela.

Así, se desconocieron los principios de celeridad y eficacia en la administración de justicia, así como la naturaleza misma de la solicitud de amparo, en cuanto mecanismo constitucional para la resolución inmediata de vulneraciones de derechos fundamentales.

Se concluye que, el Juzgado Séptimo Penal Municipal de Conocimiento de Florencia es el que tiene la obligación de resolver en primera instancia el asunto, en tanto autoridad judicial con competencia a la que se le asignó su conocimiento.

Se ordena remitir el expediente al precitado despacho, para que de manera inmediata lo tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.

A los dos operadores jurídicos en conflicto se les advierte que, en lo sucesivo se abstengan de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decidan conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (10 points)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 9 de abril de 2021 proferido por el Juzgado
  2. Septimo. Penal Municipal de Conocimiento de Florencia (Caqueta) en el marco del tramite de la accion de tutela que formulo Weisnr Medina Perez contra la Secretaria de Educacion Departamental de Caqueta.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3984 al Juzgado
  4. Septimo. Penal Municipal de Conocimiento de Florencia (Caqueta) para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  5. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  6. Septimo. Penal Municipal de Conocimiento de Florencia (Caqueta) y al Juzgado
  7. Primero. Civil del Circuito Especializado en Restitucion de Tierras de Florencia (Caqueta) que, en lo sucesivo, se abstengan de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decidan conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el proposito de eliminar barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  8. Cuarto. ADVERTIR a la Sala Unica de la Sala Segunda de Decision del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia (Caqueta) que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporacion.
  9. Quinto. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado
  10. Primero. Civil del Circuito Especializado en Restitucion de Tierras de Florencia (Caqueta).
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.