A- de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Alex Arnovis Gomez Estrada·Respondent Integrados Ips Ltda
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 26 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín y el Juzgado 8 Civil Municipal de Oralidad de la misma ciudad.
En este caso se presentó un conflicto aparente de competencia luego de que el juzgado con categoría de Circuito se negara a asumir el conocimiento del asunto con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 1983 de 2017, las que no pueden ser utilizadas por ninguna autoridad judicial para promover este tipo de controversias.
Considera la Corte que la solicitud de amparo debe ser resuelta por el Juzgado 26 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín, por cuanto fue la primera autoridad judicial con competencia a la que se le repartió la misma.
En este sentido se dispone enviar el expediente a este despacho para que lo tramite de manera inmediata y para que profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
Así mismo, se le hace una advertencia para que en lo sucesivo observe con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia Corporación sobre los conflictos de competencia en estos asuntos, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto.
A la otra autoridad judicial se le advierte que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, remita el expediente a las autoridades judiciales previstas para ello en la Ley 270 de 1996, de acuerdo con las reglas compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 19 de mayo de 2020, proferido por el Juzgado 26 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellin (Antioquia), dentro del proceso de tutela promovido por Alex Arnovis Gomez Estrada y otros en contra de Integrados IPS LTDA y otros.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3845 al Juzgado 26 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellin para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 26 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellin que, en lo sucesivo, debe observar con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en estos asuntos, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto. Por lo tanto, debera abstenerse de (i) promover conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional y (ii) analizar la conformacion del contradictorio para desprenderse de la competencia con base en reglas de reparto.
- CUARTO. ADVERTIR al Juzgado 8 Civil Municipal de Oralidad de Medellin (Antioquia) que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, remita el expediente a las autoridades judiciales previstas para ello en la Ley 270 de 1996, de acuerdo con las reglas compiladas en el Auto 550 de 2018.
- QUINTO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a los accionantes y al Juzgado 8 Civil Municipal de Oralidad de Medellin (Antioquia) la decision adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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